Medidas de protección e higiene para los clientes

Estas medidas se enmarcan dentro del Plan para la transición, cuyo objetivo es conseguir que, preservando la salud pública, se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población y evitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud se puedan desbordar.

Es necesario señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización. En todo caso, la atención a los clientes no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo trabajador.

Los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en la entrada del local, y deberán estar siempre en condiciones de uso.

Aquí os dejamos en enlace a la Colección de productos pensados para la protección y la higiene que en estos meses tanto necesitamos: https://www.estanteriasmetalicas.biz/usoepis

En los establecimientos y locales con zonas de autoservicio, un trabajador del establecimiento deberá prestar el servicio para evitar la manipulación directa de los productos por parte de los clientes.

No se podrá poner productos de prueba a disposición de los clientes y los probadores  de ropa deberán limpiarse y desinfectarse tras cada uso. Además, solo se permitirá el acceso de una persona por vez.

Si un cliente se prueba una prenda que posteriormente no adquiere, el titular del establecimiento debe higienizarla antes de que sea facilitada a otros clientes.

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